El tiempo de la justicia en España

por | 9 enero, 2010

 

Buenas

Ahora que hemos leído que el procedimiento de corte del servicio tardará 4 días, y debido a mi curiosidad, he ido a comprobar que precedentes existen en España en algo tan “rápido” y efectivo. Por supuesto la respuesta es evidente. No hay ninguno.

Sin embargo, y como comparación, les muestro el tiempo que El Consejo General del Poder Judicial presenta como media en otras intervenciones de la justicia en este país. He hecho un pequeño resumen por tipo de Juzgado, y el tipo de contencioso más común, o más cercano al ciudadano, para que comparen, y si se ven en alguna situación parecida, sepan lo que les espera, siempre, según el Consejo General del Poder Judicial. Estos datos corresponden al año 2008, y están extraídos de su página web, donde son públicos.

 

 

Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción

Divorcios consensuados

34% menos de 2 meses, 53 % entre 2 y 4 meses, 12 % más de 4 meses

Divorcios contenciosos

36 % menos de 6 meses, 49 % entre 6 y 13 meses, 14 % más de 13 meses

Separaciones contenciosas

35 % menos de 7 meses, 49 % entre 7 y 15 meses, 14 % más de 15 meses

Separaciones de mutuo acuerdo

36 % menos de 2 meses, 50% entre 2 y 4 meses, 12 % más de 4 meses

Quiebras

40% menos de 15 meses, 42 % entre 15 y 48 meses, 16 % más de 48 meses

Suspensiones de pagos

40 % menos de 6 meses, 47 % entre 6 y 28 meses, 12 % más de 28 meses

Juzgados de Familia

Divorcio consensuado

33 % menos de 1 mes, 50 % entre 1 y 3 meses, 16 % más de 3 meses

Divorcios contenciosos

30 % menos de 5 meses, 56 % entre 5 y 9 meses, 13 % más de 9 meses

Separaciones contenciosos

29 % menos de 5 meses, 56 % entre 5 y 11 meses, 13 % más de 11 meses

Separaciones de mutuo acuerdo

38 % menos de 1 mes, 47 % entre 1 y 3 meses, 14 % más de 3 meses

Juzgados de lo Penal

Juicios rápidos

42 % menos de 1 mes, 28 % entre 1 y 3 meses, 29 % más de 3 meses

Procedimientos abreviados

37 % menos de 3 meses, 50 % entre 3 y 8 meses, 12 % más de 8 meses

Juzgados de Instrucción

Juicios de faltas

39 % menos de 2 meses, 45 % entre 2 y 5 meses, 15 % más de 5 meses

Con jurados

45 % menos de 5 meses, 44 % entre 5 y 15 meses, 10 % más de 15 meses

Juzgados de Menores

Juicios Verbales

34 % menos de 8 meses, 54 % entre 8 y 21 meses, 11 % más de 21 meses

Juzgados de lo Contencioso

Urbanismo

28 % menos de 9 meses, 55 % entre 9 y 14 meses, 15 % más de 14 meses

Contratación administrativa

34 % menos de 7 meses, 50 % entre 7 y 13 meses, 15 % más de 13 meses

Extranjería

33 % menos de 5 meses, 55 % entre 5 y 8 meses, 11 % más de 8 meses

Juzgados de lo social

Despido

31 % menos de 2 meses, 52 % entre 2 y 4 meses, 15 % más de 4 meses

Conflicto colectivo

25 % menos de 3 meses, 64 % entre 3 y 6 meses, 9 % más de 6 meses

 

Con estos datos y sobre las quejas de la administración de la justicia, según el poder judicial se recibieron el año pasado poco más de 15 mil quejas sobre la administración de la justicia. Cerca de 2.600 fueron dirigidas a las personas que intervienen en un proceso judicial.

3 pensamientos en “El tiempo de la justicia en España

  1. KHORNE

    Que de manera cautelar cierren un blog de descargas , a petición de alguna gestora de autores, el plazo es INMEDIATO.

    …Eso si, se suele reabrir cuando el NO ESCUCHADO, reclama. Eso es como si uno es juzgado y condenado primero y liberado después… y el daño moral y la presunción de inocencia, pues si eso, hablamos en otra legislatura si eso…

    …Aqui, aqui, aqui no hay quien viva, aqui NO!

    Trece Rue del percebe comparado con la organización de Justicia podriamos decir que son primas hermanas.

    Saludos

    Responder
  2. Manuel

    El estudio que nos presentas demuestra que una cosa son los plazos marcados por las leyes y otra lo que realmente duran los procesos.

    Por eso tengo claro que, por mucho que se haya repetido hasta la saciedad, tanto por un lado como por el otro la cifra de cuatro días, no se cumplirá. No es que importe mucho que sean cuatro días, catorce o veinticuatro, no es més que un plazo de cara a la galería.

    Responder
  3. mmadrigal Autor

    Manuel
    No es un estudio ;D Son las estadísticas oficiales del Consejo del Poder Judicial. Por lo demás de acuerdo

    Responder

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.